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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2019-S3

    Fecha: 08-Jul-2019

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2.  Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • El agua es un recurso vital, del cual depende el ejercicio de otros derechos fundamentales, como son la vida y la salud,
    • ‘el derecho humano al agua es indispensable para llevar una vida en dignidad humana’ y que es ‘un prerrequisito para la realización de otros derechos humanos’.
    • De lo mencionado, se concluye que este derecho está reconocido y garantizado por el Estado y en la medida en que es un elemento básico para ejercer el derecho a la salud y para proporcionar un nivel adecuado de vida para todos los individuos de un Estado Social y Democrático de Derecho
    • La Corte Constitucional de Colombia mediante la Sentencia T-
    • Por ejemplo, el agua es necesaria para producir alimentos (el derecho a una alimentación adecuada) y para asegurar la higiene ambiental (el derecho a la salud). El agua es fundamental para procurarse medios de subsistencia (el derecho a ganarse la vida mediante un trabajo) y para disfrutar de determinadas prácticas culturales (el derecho a participar en la vida cultural).
    • son las empresas proveedoras de servicios como agua potable o electricidad, las que en cumplimiento estricto de sus normas, son las únicas autorizadas a cortar el servicio por mora en el plazo establecido en su Reglamento;
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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