SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2019-S3

Fecha: 08-Jul-2019

NO HA LUGAR A LA COMPLEMENTACIÓN Y ENMIENDA

En audiencia el accionante solicitó la complementación y enmienda y se aclare el motivo por el cual no se puede revalorar la prueba, puesto que se presentó una sentencia constitucional que establece dicha facultad; sin embargo, se fundamenta por la improcedencia si contra el Auto de Vista no existe otro recurso, a cuya petición el Juez de garantías refirió “…NO HA LUGAR A LA COMPLEMENTACIÓN Y ENMIENDA…” (sic), con el fundamento de que, de la lectura y revisión de dicha sentencia y los puntos solicitados, se pretende que el juzgador revise su fallo e ingrese nuevamente a valorar aspectos que ya fueron considerados, teniéndose que la misma fue dictada de manera clara y precisa.