SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

I.2.2. Informe de los demandados

Mac Antonio Aponte Garcías, Rene Choque Miranda, Manuel Jesús Ramos Medina y Williams Montes Méndez, ex y actuales miembros del Tribunal Disciplinario Departamental del Beni, todos de la Policía Boliviana, a través de su abogado, en audiencia refirieron que: se informó que en una anterior acción de amparo constitucional, por el mismo hecho y fundamento, se tiene resolución clara al denegar la tutela por falta de legitimación pasiva respecto a las autoridades que emitieron la Resolución 031/2017, no habiéndose pedido la nulidad de la misma que vendría a ser la base de la presente acción tutelar y que se encuentra en plena vigencia. Todo funcionario uniformado, aún se encuentre en su día de descanso, no deja de ser funcionario policial; mucho menos ha demostrado que existe disposición legal como la Ley Orgánica de la Policía que señale dicha situación; al contrario de ello, han dado cumplimiento a la Resolución 185/2018 emitida en ocasión de la primera acción de amparo constitucional interpuesta; por lo que solicitan se deniegue la presente acción y sea con costas.

Santiago Delgadillo Villalpando, Juan Luis Cuevas Guagama, Alfredo Miguel Vilca Conde, Ángel Guillermo Dávalos Castillos y Javier Freddy Huanca Tintaya, miembros del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, no se presentaron en audiencia, tampoco remitieron informe pese a su notificación según consta de fs. 120 a 122.