SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra cumpliendo el sexto mes de embarazo, conforme acredita del certificado de atención prenatal extendido por la Caja Nacional de Salud (CNS), realizándose valoraciones y controles médicos en Ginecología y Obstetricia, es imprescindible el sello y firma del empleador, por lo que, estando bajo tuición jerárquica de la Directora Departamental de Educación de Pando, por el cargo que ocupa de Directora Distrital de Educación de Porvenir, institucionalizada con el Ítem 00514 -según Resolución Administrativa (RA) 011/2018 de 11 de enero-, por las gestiones 2018, 2019 y 2020, y pese a las reiteradas solicitudes para que dicha autoridad proceda a firmar el Certificado de Atención Prenatal que requiere para que el seguro le brinde el subsidio prenatal de natalidad y de lactancia, hasta la fecha no cumple con la misma, lo cual es un derecho que le corresponde y una exigencia de dicho seguro de salud.