SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2019-S3

Fecha: 18-Jul-2019

el mecanismo constitucional idóneo para todo acto u omisión que tenga como resultado una dilación procesal y esté vinculado a la libertad del accionante, es la acción de libertad traslativa o de pronto despacho; razón por la que, toda autoridad judicial o administrativa esta impelida de actuar con la mayor diligencia o dentro de los plazos señalados, en aquellos casos en los que se encuentra de por medio la libertad del encausado

En consecuencia, de los preceptos y jurisprudencia constitucional desarrollada se colige que el mecanismo constitucional idóneo para todo acto u omisión que tenga como resultado una dilación procesal y esté vinculado a la libertad del accionante, es la acción de libertad traslativa o de pronto despacho; razón por la que, toda autoridad judicial o administrativa esta impelida de actuar con la mayor diligencia o dentro de los plazos señalados, en aquellos casos en los que se encuentra de por medio la libertad del encausado, dado que de no hacerlo lesiona los derechos fundamentales señalados” (las negrillas fueron añadidas).

De ahí, se desglosa el entendimiento establecido sobre la necesidad de observar el principio de celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y su afinidad con la denominada acción de libertad traslativa o de pronto despacho, cuya finalidad se encuentra en lograr que las autoridades o servidores públicos que tengan a su cargo el trámite de una solicitud vinculada a la prerrogativa anteriormente citada, deberá tramitarla con la mayor agilidad posible, o cuando menos dentro los plazos razonables, pues obrar en contrario podría consumar u originar restricciones o limitaciones indebidas al ejercicio del mencionado derecho.