SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2019-S3

Fecha: 19-Jul-2019

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Decimosexto de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2019 de 4 de febrero, cursante de fs. 241 a 245, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Las vías o medidas de hecho constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias “…SIN NECESIDAD DE AGOTAR PREVIAMENTE OTROS MECANISMOS ORDINARIOS DE DEFENSA…” (sic); 2) De los antecedentes del proceso y la documentación que acompaña al mismo, “…se OBSERVA CON ABSOLUTA CLARIDAD QUE NO EXISTE EVIDENCIA ALGUNA QUE ESTABLEZCA UNA RELACIÓN DE CAUSALIDAD ENTRE EL ACTO DENUNCIADO COMO LESIVO AL DERECHO AL TRABAJO DE LOS ACCIONANTES -es decir las vías de hecho denunciadas- y la persona identificada como demandada” (sic); 3) No se observa en antecedentes los hechos lesivos y atentatorios que hubiera cometido la demandada por mano propia, ya que ninguna de las pruebas presentadas por los peticionantes de tutela, demuestran objetivamente las acusaciones realizadas, por lo que la acción intentada no puede ser concedida ya que como bien refiere la jurisprudencia constitucional el requisito esencial para su concesión es que la denuncia sea acreditada, lo que no ocurrió en este caso; y, 4) Si se analiza a cabalidad los documentos presentados cursantes en el expediente, existen tres autoridades competentes que podrían resolver los hechos acusados por los accionantes, en la vía familiar y penal, por lo que esta jurisdicción no puede analizar el fondo del problema planteado, pues necesariamente se debe agotar con carácter previo todos los medios y recursos legales idóneos y oportunos ya que la acción de amparo constitucional no es supletoria de los medios de defensa ordinarios.