SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2019-S4

Fecha: 02-Jul-2019

a)

Ronald Edwin Sánchez Viscarra, Director Nacional de Personal del Comando General de la Policía Boliviana –ahora demandado–, a través de su representante legal Tomás Huanca Luque, en audiencia de consideración de la presente acción de amparo constitucional, luego de hacer una relación sucinta de los antecedentes que llevaron a la emisión de la resolución que dispuso la baja definitiva del ahora accionante de la Institución Policial, respecto al cumplimiento de la emisión de fotocopias legalizadas de los antecedentes del proceso administrativo, manifestó que: a) Revisado el file personal del ahora accionante, no cursa ningún proceso disciplinario con relación a la baja definitiva de la institución; sin embargo, se procedió a su retiro de acuerdo al Informe Legal 971/2018 de 5 de abril; y b) En cuanto a las respuestas a los memoriales de solicitud de fotocopias legalizadas de los antecedentes de la RA 0293/18, han sido contestadas en forma oportuna, a través de  los oficios respectivos, y la respuesta a su derecho a la petición  puede ser de forma positiva o negativa.

En ese sentido, dentro de los presupuestos para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión del derecho a la petición, es cuando se evidencia: a) La existencia de una petición oral o escrita; b) La falta de respuesta material en tiempo razonable; y, c) La inexistencia de medios de impugnación expresos que puedan hacer efectivo el reclamo del derecho señalado precedentemente.