SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante memorial de 8 de junio de 2018, la Federación Departamental de Cooperativas Mineras La Paz (FEDECOMIN) presenta Acuerdo Conciliatorio ante el Ministerio Público, solicitando se promueva la salida alternativa en favor del Acusado Omar Alejandro Asbun Farah, con cargo de recepción de dicha institución de 8 de igual mes y año (fs. 118 a 128); reiterando la misma, a través de escrito presentado el 22 de noviembre del citado año, pidiendo se proceda a la homologación del mismo y a la extinción de la acción penal; la Fiscal de Materia por decreto de 28 de noviembre de 2018, dispuso que con carácter previo, se adjunte documentación referida en originales y reconocimientos de firmas, con lo que se proveería conforme a derecho (fs. 35 a 36).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela al debido proceso mediante la acción de libertad
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión,
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR