SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de asistencia familiar seguido en su contra por Faviola Silva Vaca, se emitió la respectiva Sentencia, contra la cual interpuso recurso de apelación; empero, después de dictarse la citada Resolución, mediante memoriales de 19 de abril y 2 de octubre ambos de 2018, la demandante solicitó liquidación de asistencia familiar, las que fueron aprobadas por la Jueza hoy demandada, por cuyo efecto, se procedió a su notificación con la conminatoria de pago, en virtud a ello, mediante escrito de 4 de enero de 2019, pidió plan de pagos al no contar con los recursos suficientes para cancelar la totalidad de la asistencia familiar devengada en un solo pago, mereciendo el decreto de 7 de igual mes y año; por el que, se ordenó correr en traslado a la parte demandante para que se pronuncie sobre el mismo; sin embargo, dicho proveído no fue cumplido, más al contrario la autoridad judicial demandada, de manera arbitraria emitió mandamiento de apremio en su contra.
Asimismo, de manera contradictoria la Jueza de la causa, mediante “Auto de Vista” de 14 de enero de 2019, señaló que se corrió en traslado el plan de pago propuesto por su persona; empero, en el expediente no cursa ninguna notificación que pruebe tal extremo ni tampoco la parte demandante a tiempo de solicitar se libre mandamiento de apremio por memorial de 11 del mes y año indicados, se pronunció sobre el plan de pago presentado por su persona, lo que probó que éste nunca se corrió en traslado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR