SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración del debido proceso en su esfera de fundamentación, motivación y congruencia, toda vez que, dentro del proceso disciplinario instaurado en su contra, la Jueza de primera instancia, incurriendo en contradicción y pese a haber establecido que la demora en la tramitación del proceso de reconocimiento de unión de hecho que se encontraba bajo su control jurisdiccional, se hallaba plenamente justificado, determinó declarar improbada la demanda por demora dolosa y negligente; sin embargo, de manera incongruente, declaró probada la denuncia por retardación en la tramitación de la causa, extremos que fueron puestos en conocimiento del Tribunal de alzada, que sin fundamento alguno, confirmó el fallo objetado y consecuentemente, la sanción impuesta de suspensión del ejercicio de sus funciones durante un mes sin goce de haberes.