Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
1)
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela; teniendo particularmente en cuenta las siguientes temáticas: 1); Del sobreseimiento, la resolución de la impugnación de parte o revisión de oficio ante la autoridad jerárquica y los plazos que le conciernen; y, 2) Análisis del caso concreto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1. Del sobreseimiento, la resolución de la impugnación de parte o revisión de oficio ante la autoridad jerárquica y los plazos que le conciernen
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 11 de enero de 2019
- CONFIRMAR
- Toda persona tiene derecho a la libertad
- Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley
- La libertad personal
- Las normas que autorizan medidas restrictivas de derechos, se aplicarán e interpretarán de conformidad con el Artículo 7º de este Código
- Si lo ratifica, dispondrá la conclusión del proceso con relación al imputado
- sobreseimiento no impugnado o el ratificado impedirá un nuevo proceso penal por el mismo hecho
- derecho de las personas a no sufrir discriminación jurídica alguna, esto es, a no ser tratado de manera diferente con relación a aquellos que se encuentran en la misma situación