SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso e igualdad y los principios de seguridad jurídica y legalidad; toda vez que, habiendo solicitado la cesación y cancelación de todas las medidas impuestas en su contra en virtud a la Resolución de Sobreseimiento dispuesto por el Ministerio Publico a su favor, la Jueza demandada, respondiendo a su pedido, dispuso que el Ministerio Público en setenta y dos horas, informe sobre la notificación a la víctima con la citada Resolución y si la misma fue impugnada, aplicando de esa manera un procedimiento distinto al establecido por el Código de Procedimiento Penal y la Jurisprudencia Constitucional; por lo que, pide se conceda la tutela y se disponga que en el plazo de veinticuatro horas, la Jueza demandada emita mandamiento de libertad y cesación de todas las medidas impuestas mediante Resolución 453/2018 de 30 de noviembre.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1. Del sobreseimiento, la resolución de la impugnación de parte o revisión de oficio ante la autoridad jerárquica y los plazos que le conciernen
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 11 de enero de 2019
- CONFIRMAR
- Toda persona tiene derecho a la libertad
- Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley
- La libertad personal
- Las normas que autorizan medidas restrictivas de derechos, se aplicarán e interpretarán de conformidad con el Artículo 7º de este Código
- Si lo ratifica, dispondrá la conclusión del proceso con relación al imputado
- sobreseimiento no impugnado o el ratificado impedirá un nuevo proceso penal por el mismo hecho
- derecho de las personas a no sufrir discriminación jurídica alguna, esto es, a no ser tratado de manera diferente con relación a aquellos que se encuentran en la misma situación