SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2019-S1

Fecha: 09-Jul-2019

denegó

El Juez de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 08/2019 de 8 de febrero, cursante de fs. 25 a 26, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La “SCP 0162/2018-S2” sentó que formulado el recurso de apelación incidental contra una resolución de rechazo a la cesación de la detención preventiva, la remisión del legajo de las piezas pertinentes se debe efectuar en el plazo de veinticuatro horas salvo justificación razonable o fundada en el retardo, misma que podrá extenderse hasta tres días; y, 2) En el presente caso, tomando en cuenta que la Jueza demandada se encuentra en suplencia legal, se verifica que el 5 del referido mes de 2019, se emitió el decreto de remisión contando hasta el 8 de igual mes y año para remitir el expediente ante el superior jerárquico, aspecto que denota que aún se encuentra en plazo de remisión; asimismo, aclara que el trámite de apelaciones contra resoluciones que dispongan, modifiquen, o rechacen las medidas cautelares de carácter personal se rige por el art. 252 del CPP y no así por los arts. 403, 404 y ss. del citado Código; razón por la cual, el plazo para la remisión en el presente caso aún se encuentra vigente, debiendo realizarse la mencionada remisión hasta el 8 del aludido mes y año.