Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2019-S1
Fecha: 09-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, considera vulnerado su derecho al debido proceso en su vertiente de celeridad procesal vinculado a su libertad física o personal; toda vez que, una vez rechazada la solicitud de cesación de su detención preventiva y planteada la apelación correspondiente, las demandadas debieron remitir las actuaciones en el plazo de veinticuatro horas ante el Tribunal superior en grado; sin embargo, habiendo transcurrido cuarenta y ocho horas dicha apelación no fue remitida.