SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2019-S1
Fecha: 09-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Edgar Chambi Carrillo, el 31 de marzo de 2017, fue imputado por el presunto delito de robo agravado; por el cual, guarda detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro del departamento de La Paz, desde el 5 de abril del referido año.
Así, al no contar con recursos económicos y hallarse privado de libertad acudió al Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP) para ser asistido, donde le asignaron un abogado defensor público, quien a partir del 8 de mayo de 2018, a fin de realizar el seguimiento y revisión del expediente se apersonó en reiteradas oportunidades ante el Juzgado de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz, requiriendo el expediente; empero, el Secretario del Juzgado negó el acceso al mismo indicando que “…‘SE ENCONTRABA EN DESPACHO PARA FIRMA’, ante este ARGUMENTO NEGATIVO Y REITERADO…” (sic), el 20 de julio de igual año, la abogada de Defensa Pública presento memorial solicitando se subsane dicho extremo; posteriormente, el mismo funcionario informó verbalmente que el expediente se encontraría en despacho y con Sentencia Condenatoria; por lo que, el 21 de agosto de similar año, volvió a presentar memorial solicitando fotocopias legalizadas de la sentencia y mandamiento de condena, no obstante que la defensora pública concurrió en repetidas ocasiones al Juzgado a fin de obtener lo requerido; sin embargo, los funcionarios le daban respuesta con el mismo argumento negativo y reiterado.
De igual manera, señala haber puesto en conocimiento de su abogada que pudo beneficiarse con la “…SALIDA ALTERNATIVA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO, Y QUE MI PROCESO NO ERA REMITIDO A EJECUCION…” (sic); por lo que, la defensora técnica por escrito de 27 de noviembre de 2018 puso en conocimiento de Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que Erick Diego Arapa Condori, Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz -hoy demandado- le tuvo sin respuesta de la remisión y obtención de la resolución transcrita que solicitó, indicando que el expediente se encontraba en despacho para revisión; y que, la Secretaria en suplencia de ese entonces, no realizó la transcripción del acta y siendo que como se tiene referido, el impetrante de tutela se encuentra detenido preventivamente y la falta de remisión de actuados, agrava su situación jurídica, extendiendo su privación de libertad indebidamente y retardando la culminación de su proceso y actuaciones posteriores, como ser la clasificación, cómputo de su detención, la obtención de beneficios, etc.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- 1)
- REVOCAR