SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2019-S1
Fecha: 09-Jul-2019
a)
El peticionante de tutela, a través de su abogado, ratificó el contenido de su acción de libertad y ampliándolo en audiencia sostuvo que: a) Fue citado a prestar su declaración por los presuntos delitos de lesiones graves y leves; y, violencia intrafamiliar y doméstica; b) No se le permitió acceder al cuaderno de investigaciones, no obstante que, en tres oportunidades presentó su apersonamiento ante el representante del Ministerio Público, vulnerándose su derecho a la defensa; c) Al momento de disponerse su aprehensión, el Fiscal de Materia pasó el caso a conocimiento de la segunda autoridad Fiscal para que emita el referido mandamiento; y, d) Cuando se establecieron los supuestos riesgos procesales en la imputación formal, la mencionada autoridad obvió el memorial de 23 de enero de 2019; por el que, presentó documentación que enervaba todos los riesgos procesales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El art. 54.1 del CPP, señala que los jueces de instrucción penal serán competentes para el control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en el mismo ordenamiento legal.
- el Juez de Instrucción en lo Penal dentro de la etapa investigativa, es la autoridad encargada del control jurisdiccional de la investigación, así como de los actos del Ministerio Público y los funcionarios policiales, determinando que toda persona que considere la existencia de una acción u omisión que lesione su derecho a la libertad dentro de dicha etapa, debe inexcusablemente con carácter previo a acudir a este medio de defensa efectuar sus reclamos ante el Juez cautelar para que dentro de un plazo razonable éste se pronuncie sobre la legalidad o ilegalidad de su arresto o aprehensión, ordenando lo que en derecho corresponda, y en caso de persistir la supuesta lesión, recién activar la presente acción de libertad como medio de defensa
- III.2. Análisis del caso en concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en todo