Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
II.3
II.3 A través de la nota CITE: JDTCBBA/OF 1251/2018 de 10 de octubre, del Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba, se pone en conocimiento de la accionante el Informe MTEPS/JDTCBBA/ INF 2187/18 de 4 de septiembre, del inspector que da cuenta que la empresa demandada no dio cumplimiento a la citada Conminatoria de reincorporación (fs. 11 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3
- Fragmento 11
- conminatoria
- Bajo ese criterio, se procura, por un lado, evitar la discriminación por la condición de embarazo y, por otro, garantizar la estabilidad laboral de la mujer trabajadora en estado de gestación y lactancia, como también del progenitor varón, independientemente de que se tratasen de empleadas (os) del sector privado, como a funcionarias (os) o servidoras (o) públicas (os); todo esto, en resguardo de la hija o hijo nacido y hasta su primer año de edad, desde el momento de su concepción, como sujeto de derechos en todo lo que pudiera favorecerle’
- mujer embarazada