SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2019-S4

Fecha: 25-Jul-2019

Fragmento 4

Carlos Romero Bonifaz, Ministro de Gobierno, a través de su representante legal, presentó informes escrito, el 27 de noviembre de 2018, que cursa de fs. 40 a 42; y, de 12 de febrero de 2019 (fs. 92 a 94), señalando que, la Ley de Migración –Ley 370 de 8 de mayo de 2013–, y el DS 1923, establece de manera clara y precisa, las sanciones y la documentación presentada consistente en Carnet de Identidad, Licencia de Funcionamiento otorgado por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, y la Inscripción al Padrón del Servicio de Impuesto Nacionales (SIN); en la que, no acreditó quien es la representante del Centro nocturno “Candelas VIP” o si la empresa es unipersonal; asimismo la solicitud hecha por la impetrante de tutela se encuentra prevista en los arts. 118 y 119 del Reglamento a la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo –DS 27113 de 23 de julio de 2003–; fue entonces, que esta entidad, requirió información a la Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), de esa manera estableció, que la accionante no tiene registrada ninguna empresa, consiguientemente corresponde se deniegue la tutela.