SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2019-S2

Fecha: 17-Jul-2019

existe otra vía para reclamar una aprehensión considerada ilegal; y, es la activación del incidente de actividad procesal defectuosa ante el Juez de la causa,

En el caso en examen, siendo que la accionante denuncia la aprehensión ilegal por parte de los Fiscales codemandados, de la cual fue objeto, resulta preciso desglosar la doctrina constitucional emitida por este órgano constitucional con relación a las irregularidades o ilegalidades en las aprehensiones ordenadas por los representantes del Ministerio Público; en ese orden, la SCP 1907/2012, ha momento de establecer la posibilidad de denunciar las aprehensiones ilegales ante el Juez cautelar como control jurisdiccional, también sostuvo que: “...existe otra vía para reclamar una aprehensión considerada ilegal; y, es la activación del incidente de actividad procesal defectuosa ante el Juez de la causa, desarrollado por la jurisprudencia constitucional, específicamente en la SC 0522/2005-R de 12 de mayo, en la que se determinó que: ‘…la corrección de la actividad procesal defectuosa dentro de los procesos penales puede hacérsela por la vía incidental ante el juez cautelar en la etapa preparatoria o ante el Juez o Tribunal de Sentencia en el juicio oral, y, en su caso, a través del recurso de apelación restringida, recursos que deberán ser interpuestos con carácter previo, puesto que sólo ante el agotamiento de los mismos la jurisdicción constitucional, a través del amparo, quedará abierta para el análisis y consideración de los actos u omisiones que impliquen lesión de los derechos y garantías constitucionales’.