SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2019-S4

Fecha: 29-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como propietario de la empresa “Agregados 4 Hermanos” con el fin de ejercer su actividad debidamente autorizada de explotación de áridos, desde el año 2011 ha venido recorriendo el camino que lleva al Río Parapetí, a través de la prolongación de la calle principal del Barrio Municipal y del predio “La Granja” de propiedad de Mercedes Vargas Viuda de Ovando, realizando arreglos en el mismo a fin de hacerlo más transitable, con quien tuvo primero un contrato verbal de arrendamiento sobre una parte del predio y de servidumbre de paso, que posteriormente se tradujo en dos contratos escritos, que se renovaron  tácitamente, como se puede advertir en los últimos recibos de pago mensual efectuados, incluso hasta el mes de octubre de 2018.

En tales circunstancias, Griselda Ovando Vargas de Rodríguez –ahora demandada–, alegando ser la actual propietaria del predio “La Granja”, ejerció medidas de hecho colocando un portón para cerrar el camino de ingreso a las riberas del referido río, a cuyo efecto en las primeras horas de la mañana del 5 de octubre de 2018, de manera injustificada, aseguró dicho portón con un candado, desconociendo los contratos señalados e impidiéndole el ingreso a su lugar de trabajo así como a los depósitos del material y consiguiente extracción de agregado y áridos, negándole así la obtención de sustento para su familia y la de sus trabajadores; así como a la entrega del material a terceros, provocándole perjuicios y daños económicos.