SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2019-S1
Fecha: 22-Jul-2019
denegó
El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de Huanuni del departamento de Oruro, mediante Resolución 01/2019 de 5 de febrero, cursante de fs. 90 a 93 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) En el caso en cuestión, correspondía que la accionante active el recurso directo de nulidad; debido a que la misma sustentó la vulneración de sus derechos al trabajo y la estabilidad laboral en el hecho que el memorando GEMH-1-074/2018, (por el cual se puso a conocimiento de la ahora impetrante de tutela la determinación de su desvinculación laboral), fue firmado por el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL y no así por el Gerente General de la Empresa Minera Huanuni, con quien suscribió el contrato de trabajo; b) En la presente acción tutelar no se solicitó el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro; y, c) La SCP “0792/2016-S” estableció “…de manera clara la dimensión que tiene la acción de amparo constitucional que contraviene con el fundamento principal esgrimido por la peticionante de tutela con respecto a la legal o ilegal emisión del memorándum de destitución” (sic).