Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
2o Disponer
2o Disponer dejar sin efecto la Resolución de 10 de enero de 2019, emitida por el Juez Público de la Niñez y Adolescencia Primero de la Capital del departamento de Oruro, debiendo el mismo emitir una nueva resolución, respetando el derecho al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación, en concordancia con lo señalado en esta Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de libertad
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II
- III.1. Inaplicabilidad de la subsidiaridad excepcional de la acción de libertad en caso de niñas, niños y adolescentes. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 8
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como elementos del debido proceso
- Del mismo modo, verbigracia, cuando una resolución en sentido general (judicial, administrativa, etc.) sustenta su decisión con fundamentos y consideraciones meramente retóricas, basadas en conjeturas que carecen de todo sustento probatorio o jurídico alguno, y alejadas de la sumisión a la Constitución y la ley, se está ante una ‘motivación arbitraria’
- De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una ‘motivación insuficiente’.
- III.3.
- 1º
- 2o Disponer