SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el proceso laboral por pago de beneficios sociales radicado en el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de la Capital del departamento de Pando, fue pronunciada la Sentencia 361/2018, declarando probada en parte la demanda deducida contra Saúl Teodoro Nina Fernández, Resolución con la que se notificó personalmente al abogado del hoy accionante, situación ante la cuál éste habría planteado nulidad de diligencia de notificación, que fue rechazada por el Juez de la causa, dando por realizada dicha diligencia y declarando la ejecutoria de la sentencia emitida, accionar que a decir del impetrante de tutela, lesiona su derecho al debido proceso en su componente derecho a la defensa, a la comunicación de las resoluciones judiciales, la garantía de igualdad de las partes ante la ley, al derecho de impugnación y los principios de legalidad y seguridad jurídica; toda vez que, su abogado no es parte en el proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. El derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- Fragmento 10
- III.3. Derecho a la impugnación. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Sobre la citación y notificación en materia laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Otras consideraciones
- REVOCAR