SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2019-S1
Fecha: 25-Jul-2019
i)
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación; y, a la defensa, vinculados a la libertad, al encontrarse indebidamente detenido en razón a que las autoridades demandadas, por Auto de Vista 21 de 15 de febrero de 2019, confirmaron la Resolución 04/2019 de 24 de enero, que rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva, bajo los siguientes argumentos: i) Sobre el riesgo de fuga descrito en el art. 234.10 del CPP, no se manifestaron en absoluto sobre la incongruente decisión de mantener vigente parcialmente el peligro efectivo para la víctima, cuando ya se desvirtuó el riesgo para la sociedad, pero esencialmente cuando se le obliga a ofrecer garantías a la referida víctima, lesionando su derecho a la presunción de inocencia; y, ii) En cuanto al art. 235.2 de la norma penal adjetiva, los Vocales demandados, luego de observar sobre la fundamentación del Tribunal a quo contradictoriamente, decidieron mantener la vigencia de este riesgo procesal sustentado en una probabilidad de influencia sin fundamento fáctico.