Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO ACLARATORIO DE LA SCP 0613/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
Fragmento 2
Cabe aclarar, que a pesar de los criterios contrapuestos de ambos Magistrados respecto a los fundamentos jurídicos que debieran sustentar la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, no sometí la presente causa a un trámite para dirimir la misma, con la finalidad de viabilizar su emisión, respetando los razonamientos efectuados por el Magistrado Relator; con la aclaración que tampoco corresponde la elaboración de su voto disidente, por cuanto, se comparte la parte dispositiva, la cual no cambiaría con los fundamentos jurídicos que propongo en este Voto Aclaratorio:
- a)
- Fragmento 2
- II.1. Sobre la necesidad de relevancia constitucional para abrir el ámbito de protección de la acción de amparo constitucional
- los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional
- II.2.
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- en ese sentido, la referida Sentencia Constitucional Plurinacional debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto:
- Auto Supremo 722/2018 de 27 de julio
- III. CONCLUSIÓN
- MAGISTRADA