VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0570/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0570/2019-S2

Fecha: 17-Jul-2019

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

El accionante denuncia que al tiempo de solicitar al Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, la cesación de la detención preventiva por las causales establecidas en los numerales 1, 2 y 3 del art. 239 del CPP, las Juezas demandadas, vulneraron sus derechos a la libertad física y al debido proceso; toda vez que, mediante proveído de 18 de febrero de 2019, para la causal del numeral 1 del referido art. 239 del CPP, señalaron audiencia de consideración; y, para los numerales 2 y 3 corrieron en traslado a las otras partes; por ello, interpuso recurso de reposición, pidiendo que la solicitud de cesación de la detención preventiva se resuelva en una sola audiencia; empero, las autoridades demandadas, mediante Auto Interlocutorio de 20 de febrero de 2019, señalaron no ha lugar, argumentando que el proveído impugnado fue emitido dentro del marco del art. 239 del CPP; por lo que, solicita se conceda la tutela impetrada y se ordene se resuelva la cesación de la detención preventiva en una sola audiencia bajo los principios de concentración e inmediación.