denegó
La Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba, mediante Resolución 0010/2019 de 26 de marzo, cursante de fs. 37 a 39 vta., denegó la tutela solicitada, con base en los siguientes fundamentos: i) Se advierte la existencia de un proceso penal en etapa preliminar ante la denuncia y posterior querella de Adriana Claudia Mariscal Gutiérrez contra la solicitante de tutela por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, que se encuentra bajo control jurisdiccional del Juzgado de Instrucción Penal “No. 3” de la Capital del departamento de Cochabamba, conforme a la carátula judicial, y es ante dicha autoridad jurisdiccional, donde previamente se debió acudir en procura de la reparación y/o protección de sus derechos; y, ii) La parte accionante no agotó los medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad; en el presente caso, correspondía previamente acudir ante la autoridad jurisdiccional que tiene conocimiento de la causa y denunciar la presunta vulneración del derecho referido.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- en caso de que exista
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
