III.2. Análisis del caso concreto
La impetrante de tutela a través de su abogado, denunció que el Fiscal demandado libró Orden de Aprehensión en su contra, sin pronunciarse con referencia a su memorial, a través del cual justificó la imposibilidad de presentarse al acto en el que debió tomarse su declaración informativa y sobre el cual se enteró de manera extraoficial.
De los antecedentes procesales de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y lo desarrollado en la audiencia de la presente acción tutelar, se tiene que la demandante de tutela, el 22 de marzo de 2019 a horas 18:10, presentó un memorial ante la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos contra la vida Segunda del departamento de Cochabamba, con el objeto de justificar la imposibilidad de asistir a prestar su declaración informativa fijada para ese día a horas 15:30, debido a que no fue notificada de manera alguna con el señalamiento de esa audiencia y por encontrarse atravesando un cuadro médico adverso debido a un trastorno de ansiedad (Conclusión II.2), incomparecencia por la que la autoridad demandada libró Orden de Aprehensión en su contra (Conclusión II.1).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- en caso de que exista
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
