Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0264/2019-RCA
Fecha: 27-Ago-2019
I.2.
Considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la impugnación, a la defensa y a la igualdad entre partes, a la tutela judicial efectiva y acceso a la justicia, vinculados a los principios pro homine y pro actione, citando al efecto los arts. 14.III y V, 115.II, 117.I, 180.II, y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 inc. h) y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
- implica
- II.2. Análisis del caso concreto
- administrativa, el plazo se computará desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace
- CONFIRMAR