ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0724/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0724/2019-S2

Fecha: 21-Ago-2019

II.4.

II.4.    El Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante Auto Interlocutorio 28/2018 de 5 de abril, declaró infundado el incidente planteado, con los siguientes fundamentos: a) En relación a la notificación con la Sentencia condenatoria, se puede evidenciar, que el informe del Oficial Diligencias, fue realizada de acuerdo a procedimiento y en virtud del art. 163 del CPP, por cuanto dicho funcionario se habría constituido en el Centro Penitenciario Palmasola y solicitó la presencia del impetrante de tutela que no fue habido en su pabellón; por lo que, se notificó por cédula; y, b) Respecto a que no hubiera sido trasladado a la audiencia de lectura de Sentencia, este extremo no resulta trascendente; por cuanto, el cómputo para la interposición de la apelación restringida es desde su notificación cedularia (fs. 46 y vta.).