La suscrita Magistrada presenta Voto Disidente respecto a la SCP 0039/2019 de 7 de agosto, que declaró competente al Juez Público Civil y Comercial Trigésimo del departamento de Santa Cruz, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesa
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada presenta Voto Disidente respecto a la SCP 0039/2019 de 7 de agosto, que declaró competente al Juez Público Civil y Comercial Trigésimo del departamento de Santa Cruz, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesa

Fecha: 07-Ago-2019

en caso de producirse un cambio de uso de suelo

De todo lo expuesto, se concluye que tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria, y en caso de producirse un cambio de uso de suelo, para definir la jurisdicción que conocerá de estas acciones, no sólo se considerara la ordenanza municipal que determine estos límites entre el área urbana y rural, sino esencialmente, el destino de la propiedad y la naturaleza de la actividad que se desarrolla” (el resaltado es nuestro) entendimiento reiterado en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0074/2016 de 15 de noviembre; 0040/2017 de 25 de septiembre; 0065/2017 de 12 de octubre; 0001/2018 de 14 de marzo; 0034/2018 de 12 de septiembre; 0049/2018 de 12 de diciembre; 0004/2019 de 9 de enero; 0008/2019 de 14 de febrero; 0015/2019 de 13 de marzo entre otras.