PLURINACIONAL 0475/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0475/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

III.4.  Sobre la materialización de la cesación de la detención preventiva bajo fianza personal

           La SCP 0460/2018-S4 de 27 de agosto, citando a la SC 0241/2010-R de 31 de mayo, al respecto señaló que: “…sobre este tema desarrolló el siguiente entendimiento en referencia al art. 243 del CPP: ‘Del precepto citado, se aprecia que la fianza personal consiste en la obligación principal que asume una o más personas de presentar al imputado ante el Juez o Tribunal del proceso las veces que sea requerido; así como en la obligación alternativa de pagar la suma que el juez o tribunal determinen como suficiente para satisfacer los gastos de captura y las costas procesales en caso de incomparecencia del imputado que se encuentra sometido a la medida cautelar personal sustitutiva de fianza personal.