Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0038/2019
Fecha: 07-Ago-2019
II.2.
II.2. A través de la Ley 1140 de 21 de diciembre de 2018, publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia, en la Edición 1131 NEC de 26 diciembre del mismo año, se modificaron la Ley 535 de 28 de mayo de 2014 de Minería y Metalurgia, y la Ley 845 de 24 de octubre de 2016; dictaminando en el primer parágrafo de su Disposición Abrogatoria y Derogatoria Única, que: “Se derogan el inciso a) del Artículo 1, y los Artículos 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley N° 845 de 24 de octubre de 2016” (las negrillas y el subrayado son nuestros).
- acción de inconstitucional abstracta
- I.1.1.
- I.2.
- a)
- II.2.
- III.
- III.1.
- cabe recalcar sin
- para la interposición de una acción de inconstitucionalidad abstracta, no resulta suficiente que las normas demandadas contraríen los preceptos contenidos en la Ley Fundamental, sino que también se encuentren en plena vigencia a tiempo de formularse la demanda; concepto que si bien está claramente definido, corresponde ser complementado en el sentido de que, el test de constitucionalidad, tampoco procederá, cuando la norma demandada de inconstitucionalidad, haya sido removida del ordenamiento jurídico a través de otro mecanismo, declarándose su abrogatoria o derogatoria
- III.2.