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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2019-S3

    Fecha: 02-Ago-2019

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, alegando que el Juez codemandado hasta la “fecha” no emitió pronunciamiento alguno a su solicitud de conminatoria con la finalidad de que el Fiscal Departamental de Chuquisaca presente su requerimiento conclusivo en el plazo de cinco días, generándole retardación de justicia.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • Fragmento 4
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión; caso contrario, la denuncia por irregularidades cometidas en el proceso (entendidas como violación al debido proceso), deberán ser reclamadas a través de los medios ordinarios que el ordenamiento jurídico procesal penal prevé, agotada la jurisdicción ordinaria y en el supuesto de persistir la lesión, se activa la tutela de la acción de amparo constitucional
    • acto lesivo se la causa directa a la restricción o supresión al derecho a la libertad o de locomoción;
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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