SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2019-S3

Fecha: 02-Ago-2019

denegó

La Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del departamento de Oruro, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 17/2018 de 6 de diciembre, cursante de fs. 18 a 20 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: i) Se declaró la rebeldía del accionante aproximadamente a horas 11:15 del 5 de igual mes y año, conforme lo establece el art. 87.1 del CPP; ii) El memorial de purga de la rebeldía fue presentada a horas 12:05 de la misma fecha, sin adjuntar la boleta que sustentaba dicho acto, providenciándose al efecto la necesaria adecuación a lo dispuesto en los arts. 88 y 91 del mismo cuerpo legal, pero, a horas 15:45 del último día citado y antes de la notificación con la resolución indicada se presentó el documento observado; iii) La boleta de pago de la rebeldía fue presentada en plataforma en la fecha y hora indicada por el impetrante de tutela, pero llegó a sede judicial -Juzgado de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Oruro- a horas 17:55, y fue providenciada dentro de las veinticuatro horas establecidas; y, iv) La acción de libertad fue presentada el 6 de diciembre de 2018, cuando aún no se cumplía el plazo referido anteriormente, por tanto no se vulneró ningún derecho constitucional.