SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
Fragmento 16
Al margen de lo precisado, se advierte que la Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz, emitió Informe JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 066/2018 de 20 de noviembre, señalando que el 15 de igual mes y año, se apersonó ante la empresa demandada a verificar el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral citada, a lo que le comunicaron que sí se reincorporó al trabajador el 23 del citado mes y año, pero que no regresó a trabajar luego de seis días y que por cuyo motivo se habría comunicado al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, el abandono del mismo; en dicho sentido y anoticiado de los hechos acontecidos, la referida Inspectora llegó a la conclusión de que la empresa VEGA ENGENHARIA AMBIENTAL S.A. no dio efectividad a la Conminatoria de Reincorporación referida, por no haber restituido al trabajador a su fuente laboral.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- 2)
- por la inmediatez que merece la tutela que pretende; sólo exige acudir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo.
- Fragmento 12
- III.2. La conminatoria de reincorporación debe ser cumplida en su integridad
- La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR