SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
II.3.
II.3. Mediante Auto de Vista 122/2019 de 28 de marzo, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Néstor Velásquez Barreto y otros, contra la peticionante de tutela por la presunta comisión del ilícito de estafa, en recurso de apelación, resolvió revocar el Auto Interlocutorio 35/2019 de 26 de febrero, concediendo el beneficio de cesación de la detención preventiva a favor de la prenombrada imponiendo las siguientes medidas sustitutivas: detención domiciliaria sin salidas laborales, ni salida por motivos de estudios con vigilancia fiscal; fianza económica de Bs35 000.-, o su equivalente a $us5000.- que deberá ser empozado al Consejo de la Magistratura a efectos de una posible captura ante una eventual fuga, asistencia a audiencias de juicio oral o al llamado de la autoridad fiscal, sin necesidad de orden de salida, entre otros (fs. 5 a 6 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Acerca de la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- prescindiendo de la subsidiariedad excepcional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR