SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2019-S3

Fecha: 23-Ago-2019

i)

Adán Willy Arias Aguilar y Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, presentaron informe el 30 de abril de 2019, cursante de fs. 39 a 40 vta., argumentando que: i) El Auto de Vista 146/2019, revocó el Auto Interlocutorio 01/2019, emitido por la Jueza de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento citado; ii) No se demostró relación de causalidad entre el acto supuestamente vulneratorio con el derecho fundamental a la libertad; iii) La acción de libertad no es una instancia de impugnación de resoluciones de la jurisdicción ordinaria; iv) No se precisó la forma en la que el Auto de Vista precitado, vulneró los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, y a la defensa; v) La jurisprudencia constitucional citada, no guarda analogía con el caso concreto y por esa razón, no puede ser considerada; vi) No se cumplieron los requisitos de admisibilidad señalados en la SCP 0796/2016-S2 de 22 de agosto; y, vii) Se observaron los requisitos establecidos en los arts. 124 y 173 del CPP.