SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
a)
El solicitante de tutela a través de su representante, ratificó el memorial de acción de libertad presentado, ampliándolo bajo los siguientes argumentos: a) La autoridad demandada no le dio una respuesta pronta y oportuna, disponiendo traslados innecesarios no previstos por ley, cuando en su lugar debió señalar audiencia a efectos de que se considere su pretensión; y, b) Se dictó sentencia condenatoria en su contra sancionándolo a diez años de privación de libertad, permaneciendo a la fecha detenido por trece años, además que estuvo tres años en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, cumpliendo condena de forma excesiva durante dieciséis años, sin considerar que es una persona adulta mayor con 73 años de edad.
- acción de libertad
- abono a pena cumplida
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III.
- III.1.
- Los principios ético-morales de la sociedad plural
- Los principios ético-morales, antes de ser incorporados a la Constitución, tenían valor únicamente para el Derecho Indígena, es decir, eran estimados como valiosos por la cultura y el Derecho de las naciones y pueblos indígena originario, campesinos. Después de efectuada su incorporación en el texto constitucional tienen valor de derecho, es decir se convierten en normas y, por tanto, comparten la eficacia jurídica de la propia Constitución, es decir, tienen carácter normativo, lo que implica que no son meras declaraciones retóricas, por lo mismo, imponen a todos, esto es, al poder público y los particulares en la convivencia social, con mayor razón a todos los jueces de la pluralidad de jurisdicciones, la obligación de observarlos, desarrollarlos y aplicarlos en su labor decisoria cotidiana.
- 4.2. El principio de respeto a los derechos,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- no es posible alegar obstáculos internos, tales como la falta de personal, infraestructura o una sobrecarga crónica de casos pendientes para eximirse de una obligación internacional
- CONFIRMAR