SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

1)

Ana Gloria Rojas Flores, Jueza de Instrucción Penal Décima de la Capital del departamento de Santa Cruz, por informe escrito cursante a fs. 15 y vta., manifestó que: 1) En audiencia de medida cautelar, el 24 de abril de 2019 se dispuso la detención preventiva de los ahora accionantes por ser considerados presuntos autores de los delitos imputados y la concurrencia de los riesgos procesales. Sin embargo, en la vía complementaria, de manera excepcional se decidió la remisión provisional y no permanente de ambos a celdas de la FELCC hasta contar con un informe del “Gobernador de Palmasola” que garantice la vida e integridad de los sindicados estaría a salvo en ese Recinto, por considerar que los dos fueron funcionarios de dicha unidad policial y desbarataron alguna bandas criminales; y, 2) Ante la excepcionalidad de la referida medida, que no podía ser dilatada porque la detención preventiva debe cumplirse en centros de reclusión conforme establece el art. 237 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y no en lugares que no guarden la seguridad necesaria. Velando por el derecho a la vida y resguardo de la seguridad de los ahora impetrantes de tutela, atendiendo la reiterada solicitud de la parte querellante y otras autoridades apersonadas, se dejó sin efecto el mandamiento temporal y se dispuso su remisión a un centro más seguro. Solicitó denegar la tutela.