SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2019-S4
Fecha: 07-Ago-2019
denegó
El Juez Público de la Niñez y Adolescencia Segundo del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 01/2019 de 26 de febrero, cursante de fs. 145 a 148 vta., denegó la tutela solicitada, con el fundamento que la accionante identificó como acto lesivo al Auto 18/2017 de 25 de julio, dictada por la Jueza demandada, mediante la cual, redujo la pensión alimenticia fijada inicialmente en la suma de Bs1000 a Bs550; sin embargo, diez meses después de dictado ese fallo, recién interpuso un incidente de nulidad de citación, mostrando con ello una inactividad en procura de la tutela efectiva de sus derechos presuntamente vulnerados, habiendo pasado el tiempo de forma superabundante hasta la activación de la jurisdicción constitucional, conforme se prevé en el art. 55.I del Código Procesal Constitucional (CPCo).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- calles Washington y Charcas Nº226
- a)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- III.2.
- Procede la reposición con alternativa de apelación únicamente contra los autos interlocutorios
- CONFIRMAR