Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2019-S4
Fecha: 07-Ago-2019
II.3.
II.3. La determinación asumida en el decreto de 15 de febrero de 2019, fue cumplida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que devolvió obrados ante el Juez inferior mediante nota Cite Of. 190/2019 de la misma fecha, recibida en secretaría del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Violencia Contra la Mujer Primero del departamento de La Paz, el 19 del mismo mes y año; mereciendo decreto de 20 del mismo mes y año, emitido por la citada autoridad, ordenando que se subsanen las observaciones formuladas y se remita el cuaderno procesal nuevamente ante el Tribunal de alzada (fs. 9 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- ,
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido.
- En ese contexto argumentativo, la acción de libertad –innovativa permite al agraviado o víctima de la vulneración acudir a la instancia constitucional pidiendo su intervención con el propósito fundamental de evitar que, en lo sucesivo, se reiteren ese tipo de conductas por ser reñidas con el orden constitucional
- propósito fundamental de la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción.
- III.2. Tramitación de las apelaciones incidentales contra resoluciones de medidas cautelares
- a)
- REVOCAR