SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad y a la inamovilidad laboral; toda vez que, el Rector de la UMRPSFXCH, donde trabajaba como Auxiliar Administrativo, como consecuencia de la suscripción de tres contratos consecutivos a plazo fijo y posterior otorgamiento de ítem como conserje de la carrera de Agronomía de la referida casa superior de estudios, procedió a despedirlo sin ninguna causal justificada y sin tomar en cuenta que tenía un hijo menor a un año de edad, y además que su esposa se encontraba en estado de gestación.
En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción de la subsidariedad en la acción de amparo constitucional, en razón a la necesidad de protección inmediata, que requieren algunos derechos constitucionales
- Fragmento 9
- Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR