SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2019-S2

Fecha: 01-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Nota TC-RH-RMAP-007/18 de 5 de abril de 2018, le fue comunicada la conclusión de su contrato, pidiéndole la entrega del material a su cargo; empero, el 18 del mismo mes y año, ya no le permitieron el ingreso a su fuente laboral, razón por la cual acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, instancia laboral administrativa que emitió la Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/RAAM/ 071/2018 de 21 de mayo, determinado su inmediata reincorporación a su fuente laboral, al mismo puesto que ocupaba al momento de su despido, más el pago de sus salarios devengados y demás derechos sociales, con la que se notificó a SOBOCE S.A. el 28 de ese mes y año, misma que interpuso recurso de revocatoria, arguyendo que su retiro obedecía a la conclusión del proyecto Uyuni.

Añadió que el mencionado recurso mereció la Resolución Administrativa             (RA) 423/18 de 4 de julio de 2018, confirmando la Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/RAAM/ 071/2018, con la que también se notificó a la empresa demandada, sin que esta dedujera recurso jerárquico, por cuanto la referida Conminatoria de Reincorporación quedó ejecutoriada.