Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
Denunció la lesión de sus derechos a la libertad, debido proceso, petición y recibir una respuesta formal y pronta, citando al efecto el efecto los arts. 24, 115, 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 de la Convención Americana sobre Derecho Humanos (CADH); 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Respeto al trámite de concesión y homologación de la Resolución de indulto
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR