Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, a través de su representante sin mandato, sostiene que se vulneraron sus derechos a la libertad, debido proceso y petición; toda vez que, el 1 de abril de 2019 presentó su solicitud de beneficio de indulto amparándose en el Decreto Presidencial 3756; empero, la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz –ahora demandada–, no remitió la carpeta de indulto al Juzgado de Ejecución Penal correspondiente, dentro del plazo establecido en el referido Decreto Presidencial, dejando transcurrir más de 17 días desde su presentación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Respeto al trámite de concesión y homologación de la Resolución de indulto
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR