SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante mediante su representante sin mandato, refiere que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancia de Nelson Quintana Heredia por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y otros, la titular del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz, en fecha 9 de febrero de 2019, negó el acceso al cuaderno de investigaciones así como el de control jurisdiccional a su abogado, accionar de la indicada autoridad que a decir de la impetrante de tutela, lesiona su derecho a la libertad, al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta y oportuna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho la libertad y a la persecución o procesamiento indebido deben ser utilizados previamente por él o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR