SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
III.2. Análisis del caso concreto
De acuerdo a los argumentos expuestos por el accionante, si bien se alega que el Auto de Vista 49/2019, conculcó su derecho al debido proceso; sin embargo, de la verificación del fallo motivo de la presente acción constitucional y conforme lo expresado en audiencia de acción de libertad por el propio impetrante de tutela, así como lo precisado en las Conclusiones II.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que dicho pronunciamiento fue emitido en cumplimiento a lo dispuesto por un Tribunal de garantías (Resolución 02/2019 de 17 de enero), emergente de una anterior acción de defensa en la que se denunció un primer fallo –Auto de Vista 428/2018– pronunciado por las anteriores autoridades de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el que también se consideró la misma problemática planteada en la presente acción, es decir, la interposición de apelación conforme el art. 403 y no así el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i
- Fragmento 9
- la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- impugnar o cuestionar total o parcialmente decisiones o resoluciones de autoridades o personas particulares emergentes del cumplimiento de las resoluciones constitucionales
- CONFIRMAR