SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2019-S2

Fecha: 05-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 24 de marzo de 2019, en su condición de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Caracollo del departamento de Oruro, se encontraba manejando un automóvil marca Toyota, modelo Célica, con placa de control 3061-YNB perteneciente a la entidad edil que dirige, a objeto de realizar la inspección del Centro de Salud Orenko, en cuanto a su equipamiento para garantizar la atención de Seguro Universal de Salud (SUS). Realizada la inspección se trasladó a un taller mecánico en la ciudad de Oruro con el fin de comprobar el mantenimiento de otro vehículo del municipio a su cargo -camioneta Hilux-, en inmediaciones de la plaza Sebastián Pagador.

Posteriormente, fue interceptado por un funcionario policial junto al Concejal del municipio de Caracollo, Justino Condori Juaniquina, quien denunció que su persona se encontraría haciendo uso indebido de bienes del Estado conforme el art. 26 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010 -Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz”-.

Refiere que hasta la presentación de esta acción de defensa, se encontraba privado de libertad en celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), por un supuesto ilícito y en función a una orden de la Fiscal demandada, que además realizó actos de investigación como el secuestro del vehículo sin ninguna orden judicial y recepción de su declaración informativa; asimismo, tampoco elaboró el acta de inicio de la investigación de acuerdo a procedimiento, lo que impidió acudir ante la autoridad del control jurisdiccional.