SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante ratificó en su integridad el contenido de su acción de libertad y ampliando la misma señaló lo siguiente: Pese a que la autoridad demandada fue informada de que no pudo comparecer a la audiencia de revocatoria de medidas sustitutivas, la cual prosiguió con la audiencia indicando que el Comando Departamental de la Policía fue notificado el viernes 22 de marzo de 2019 con el acta de 7 de igual mes y año, que dispuso la modificación de su detención domiciliaria, sin contemplar que no era suficiente la simple diligencia sino que internamente existía otro conducto que cumplen los funcionarios policiales que conllevo a que su custodio policial no hubiese adquirido conocimiento de la determinación judicial citada, por lo que su inasistencia se encuentra justificada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR